Modelo 390: Guía Completa para la Declaración Anual del IVA en España
Tiempo de lectura: 12 minutos
Índice de contenidos
- Introducción al Modelo 390
- ¿Quiénes están obligados a presentarlo?
- Estructura y contenido del Modelo 390
- Plazos y formas de presentación
- Diferencias entre liquidaciones trimestrales y el resumen anual
- Casos prácticos y ejemplos
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Regímenes especiales de IVA en el Modelo 390
- Herramientas y recursos para la presentación
- Tu estrategia fiscal: Maximizando el valor del Modelo 390
- Preguntas frecuentes
Introducción al Modelo 390
¿Alguna vez has sentido que la declaración anual del IVA es como armar un rompecabezas fiscal con demasiadas piezas? No estás solo. El Modelo 390 es uno de esos documentos que puede generar más de un dolor de cabeza a autónomos y empresas, pero que, bien entendido, puede convertirse en una poderosa herramienta de gestión fiscal.
El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España. No se trata de una declaración más, sino de un compendio que recoge toda la actividad relacionada con el IVA durante el ejercicio fiscal. Es, en esencia, la fotografía completa de tu actividad con IVA durante todo un año.
«El Modelo 390 no es solo una obligación fiscal más, sino una herramienta de diagnóstico financiero que ofrece una visión panorámica de la gestión del IVA en tu negocio durante todo el ejercicio» — María Gómez, asesora fiscal con más de 20 años de experiencia.
A diferencia de las declaraciones trimestrales (Modelo 303) o mensuales, el Modelo 390 no implica ningún pago o devolución de impuestos. Su función es informativa y recapitulativa, permitiendo a la Agencia Tributaria verificar la coherencia de todas las declaraciones periódicas presentadas durante el año.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
No todos los contribuyentes deben enfrentarse al Modelo 390. Veamos quiénes están obligados a presentarlo y quiénes disfrutan de exenciones:
Sujetos obligados a la presentación
Deben presentar el Modelo 390 los siguientes sujetos pasivos del IVA:
- Empresarios y profesionales (personas físicas)
- Personas jurídicas (sociedades)
- Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes, etc.)
- Sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado
- Sujetos pasivos acogidos al régimen de recargo de equivalencia
- Sujetos pasivos que realizan actividades agrícolas, ganaderas o forestales
Exenciones a la presentación
Están exentos de presentar el Modelo 390:
- Contribuyentes que están obligados a presentar exclusivamente declaraciones con periodicidad mensual (grandes empresas, inscritos en el REDEME, grupos de IVA)
- Quienes realicen exclusivamente actividades exentas del artículo 20 de la Ley del IVA (actividades médicas, educativas, etc.)
- Contribuyentes acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia, exclusivamente
- Sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral que tributen solo en territorio común, siempre que cumplimenten adecuadamente las casillas adicionales de información en la última autoliquidación del año (cuarto trimestre del Modelo 303)
Esta última exención, introducida en 2019, ha supuesto un alivio administrativo para muchos pequeños contribuyentes, aunque requiere estar atento a completar correctamente la información adicional requerida en el último Modelo 303 del año.
Estructura y contenido del Modelo 390
El Modelo 390 es extenso y detallado, estructurado en diversas páginas y secciones que recogen toda la información fiscal relacionada con el IVA. Vamos a desgranar su estructura para hacerla más comprensible:
Páginas principales y su contenido
- Página 1: Datos identificativos, devengo, resumen de las operaciones y resultado de la liquidación
- Página 2: Detalle de las operaciones por tipo de IVA aplicado
- Página 3: Información sobre regímenes especiales, prorratas y regularizaciones
- Página 4: Actividades con regímenes de IVA diferenciados y deducción en operaciones interiores
- Páginas adicionales: Dependiendo del caso, información complementaria sobre operaciones específicas
Secciones clave a completar
Dentro de estas páginas, algunas secciones requieren especial atención:
- Información sobre el sujeto pasivo: Datos identificativos, actividad principal, CNAE, etc.
- Datos estadísticos: Volumen de operaciones, operaciones exentas, etc.
- IVA devengado: Desglose por tipos impositivos y regímenes especiales
- IVA deducible: Operaciones interiores, importaciones, adquisiciones intracomunitarias
- Resultado de las liquidaciones: Resumen de las declaraciones periódicas
- Información adicional: Operaciones en régimen especial, prorratas, etc.
Un aspecto fundamental es verificar que los importes declarados en las casillas del Modelo 390 coincidan con la suma de lo reportado en las declaraciones periódicas durante el año. Las discrepancias no justificadas pueden activar alarmas en la Agencia Tributaria.
Plazos y formas de presentación
Conocer los plazos de presentación es crucial para evitar recargos y sanciones. El calendario fiscal para el Modelo 390 es preciso:
Calendario de presentación
El Modelo 390 debe presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año que se declara. Esto significa que el modelo correspondiente al ejercicio 2023 deberá presentarse entre el 1 y el 30 de enero de 2024.
Si el último día del plazo coincide con un festivo o fin de semana, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Sin embargo, es recomendable no dejarlo para el último momento, dado que cualquier incidencia técnica podría provocar el incumplimiento del plazo.
Vías de presentación disponibles
La presentación del Modelo 390 debe realizarse obligatoriamente por vía telemática, a través de:
- Sede electrónica de la AEAT: Mediante certificado electrónico o Cl@ve
- Software de gestión fiscal: Programas homologados que permiten la generación y envío del modelo
- A través de colaboradores sociales: Asesores fiscales, gestores administrativos, etc.
Para quienes no estén familiarizados con los procedimientos telemáticos, la opción de presentación a través de un profesional puede ser la más adecuada, aunque implique un coste adicional.
Sanciones por presentación fuera de plazo
Presentar el Modelo 390 fuera de plazo puede acarrear sanciones económicas:
- Presentación extemporánea sin requerimiento: Recargo del 1% por cada mes de retraso (máximo 15%) con un mínimo de 100 euros
- Presentación tras requerimiento de la AEAT: Sanción de hasta 20.000 euros
- No presentación: Sanción mínima de 600 euros, que puede aumentar si se considera infracción grave
Diferencias entre liquidaciones trimestrales y el resumen anual
Muchos contribuyentes confunden el propósito y contenido del Modelo 390 con las autoliquidaciones periódicas. Veamos las principales diferencias:
Característica | Modelo 303 (Trimestral/Mensual) | Modelo 390 (Anual) |
---|---|---|
Finalidad | Liquidar e ingresar/solicitar devolución del IVA | Informativa y recapitulativa, sin pago/devolución |
Periodicidad | Trimestral o mensual según el régimen | Anual (una vez al año) |
Nivel de detalle | Básico, enfocado en el periodo específico | Exhaustivo, con información adicional y desglose completo |
Consecuencias fiscales | Genera obligación de pago o derecho a devolución | No genera obligaciones económicas directas |
Comprobación cruzada | No requiere verificación con otros modelos | Debe coincidir con la suma de modelos periódicos |
Es crucial entender que el Modelo 390 debe reflejar fielmente la suma de las operaciones declaradas en los modelos periódicos, aunque incluye información adicional que no aparece en éstos.
Casos prácticos y ejemplos
Para comprender mejor la mecánica del Modelo 390, analicemos dos casos prácticos que ilustran situaciones comunes:
Caso 1: Autónomo con actividad comercial
Laura es una diseñadora gráfica autónoma que presta servicios tanto a clientes nacionales como internacionales. Durante 2023 ha presentado sus modelos 303 trimestrales con el siguiente detalle:
- 1T: Base imponible de 12.000€ (IVA repercutido 2.520€) – IVA soportado 1.800€
- 2T: Base imponible de 15.000€ (IVA repercutido 3.150€) – IVA soportado 2.100€
- 3T: Base imponible de 10.000€ (IVA repercutido 2.100€) – IVA soportado 1.500€
- 4T: Base imponible de 18.000€ (IVA repercutido 3.780€) – IVA soportado 2.400€
Además, ha prestado servicios a empresas de la UE por valor de 5.000€ (operaciones exentas con derecho a deducción) y ha comprado material a proveedores comunitarios por 3.000€ (realizando la correspondiente autoliquidación del IVA).
En su Modelo 390, Laura deberá:
- Reflejar una base imponible total de 55.000€ al 21% con un IVA repercutido de 11.550€
- Declarar operaciones exentas con derecho a deducción por 5.000€
- Incluir adquisiciones intracomunitarias por 3.000€
- Sumar un IVA soportado total de 7.800€
- Verificar que el resultado total (IVA repercutido – IVA soportado) coincide con la suma de los resultados trimestrales: 3.750€
Caso 2: Empresa con diferentes tipos de IVA y regímenes especiales
Restaurantes Sabor S.L. es una empresa de restauración que también vende algunos productos alimenticios para llevar. Durante 2023 ha realizado:
- Servicios de restauración (21%): 200.000€ + 42.000€ de IVA
- Venta de alimentos básicos (4%): 50.000€ + 2.000€ de IVA
- Venta de otros alimentos (10%): 80.000€ + 8.000€ de IVA
- IVA soportado en sus compras y gastos: 35.000€
En septiembre inauguró un nuevo local aplicando el régimen especial del criterio de caja para esas operaciones, con ventas de 40.000€ + 8.400€ de IVA (incluido en los importes anteriores).
En su Modelo 390, Restaurantes Sabor S.L. deberá:
- Desglosar las bases imponibles y cuotas por cada tipo impositivo
- Marcar la casilla del régimen especial del criterio de caja y detallar las operaciones acogidas a este régimen
- Completar el apartado de actividades con regímenes de IVA diferenciados
- Asegurarse de que el resultado total coincide con lo declarado en los modelos periódicos
Estos ejemplos muestran la importancia de mantener un registro detallado de todas las operaciones durante el año, clasificadas por tipos impositivos y regímenes especiales, para facilitar la cumplimentación del Modelo 390.
Errores comunes y cómo evitarlos
La complejidad del Modelo 390 propicia que muchos contribuyentes cometan errores. Identificar los más frecuentes puede ayudarte a evitarlos:
Errores de concordancia con modelos periódicos
El error más común es que las cifras del Modelo 390 no coincidan con la suma de las declaraciones trimestrales o mensuales. Esta discrepancia suele desencadenar comprobaciones por parte de la Agencia Tributaria.
Cómo evitarlo: Antes de presentar el modelo, realiza una verificación cruzada entre los datos del 390 y la suma de los modelos 303 presentados. Utiliza una hoja de cálculo para facilitar esta comprobación.
Omisión de operaciones específicas
Olvidar incluir determinadas operaciones como las exentas, las no sujetas, o las acogidas a regímenes especiales, es otro error frecuente que puede distorsionar la imagen fiscal de tu actividad.
Cómo evitarlo: Mantén un registro específico de operaciones especiales durante todo el año. Revisa periódicamente tu contabilidad para identificar operaciones que requieran tratamiento diferenciado en el IVA.
Visualización de errores más comunes en el Modelo 390
Fuente: Estimación basada en consultas a la AEAT y asesores fiscales
Confusión en regímenes especiales
Los contribuyentes acogidos a regímenes especiales (simplificado, agricultura, criterio de caja, etc.) deben completar apartados específicos que a menudo generan confusión.
Cómo evitarlo: Consulta las instrucciones específicas para tu régimen o busca asesoramiento profesional. La inversión en un buen asesor fiscal suele compensarse con el ahorro en posibles sanciones.
Incorrecta aplicación de las prorratas
Para quienes realizan actividades con derecho a deducción parcial del IVA, la correcta aplicación y declaración de la prorrata es un punto crítico que genera numerosos errores.
Cómo evitarlo: Documenta meticulosamente la aplicación de la prorrata durante el año y verifica que los cálculos finales en el Modelo 390 son correctos, especialmente en la regularización anual.
Regímenes especiales de IVA en el Modelo 390
El Modelo 390 contempla diversos regímenes especiales que requieren cumplimentar información específica. Veamos los más relevantes:
Régimen simplificado
Diseñado para pequeños empresarios y profesionales, este régimen calcula el IVA mediante módulos y requiere completar la página 3 del modelo con información detallada sobre cada actividad, sus módulos y cuotas.
En el Modelo 390, los contribuyentes acogidos al régimen simplificado deben:
- Detallar cada actividad económica con su correspondiente epígrafe del IAE
- Especificar las unidades de módulo empleadas
- Calcular la cuota devengada según las instrucciones específicas
- Aplicar correctamente las cuotas soportadas y la regularización anual
Un error común es no incluir las operaciones realizadas en régimen general, cuando se realizan actividades en ambos regímenes.
Régimen especial del criterio de caja
Este régimen, que permite diferir el devengo del IVA hasta el momento del cobro, exige completar un apartado específico en el Modelo 390 donde se detallan:
- Operaciones realizadas bajo el criterio de caja
- Operaciones afectadas por el régimen y pendientes de devengo
- IVA soportado con criterio de caja pendiente de deducción
Es fundamental mantener un registro cronológico de cobros y pagos para aplicar correctamente este régimen y reflejarlo en el Modelo 390.
Otros regímenes especiales
El modelo también contempla información específica para:
- Régimen de agricultura, ganadería y pesca: Compensaciones recibidas
- Régimen de bienes usados, objetos de arte: Márgenes de beneficio
- Régimen de agencias de viajes: Bases imponibles y cuotas
- Régimen de recargo de equivalencia: Ventas y recargos aplicados
Cada uno de estos regímenes tiene su propio apartado en el modelo, y requiere información específica que debe extraerse de los registros contables y fiscales del contribuyente.
Herramientas y recursos para la presentación
La correcta presentación del Modelo 390 puede facilitarse mediante el uso de herramientas adecuadas:
Software disponible
Existen diversas soluciones informáticas que pueden ayudarte en la preparación y presentación del modelo:
- Software de la AEAT: La Agencia Tributaria ofrece un programa de ayuda gratuito disponible en su web
- Programas de contabilidad: Soluciones como Sage, ContaPlus o A3Software incluyen módulos específicos para la generación del modelo
- Plataformas online: Servicios como Declarando o TaxDown facilitan la presentación telemática con asistencia guiada
La elección dependerá del volumen y complejidad de tus operaciones, así como de tu presupuesto para herramientas de gestión fiscal.
Fuentes oficiales de consulta
Para resolver dudas específicas, es recomendable acudir a:
- Web de la AEAT: Incluye instrucciones detalladas y preguntas frecuentes
- Servicio telefónico de información tributaria: 901 33 55 33
- Consultas vinculantes de la DGT: Para casos complejos, pueden consultarse resoluciones similares
Estas fuentes oficiales ofrecen información fiable y actualizada sobre la normativa aplicable.
Colaboración con profesionales
Para muchos contribuyentes, especialmente con operaciones complejas o regímenes especiales, la mejor opción es contar con asesoramiento profesional:
- Asesores fiscales: Ofrecen un servicio personalizado y adaptado a tu situación
- Gestorías: Pueden encargarse de toda la tramitación por precios más asequibles
- Asociaciones profesionales: Muchas ofrecen servicios de asesoramiento fiscal a sus asociados
La inversión en asesoramiento profesional suele compensarse con la tranquilidad de una presentación correcta y la posible optimización fiscal.
Tu estrategia fiscal: Maximizando el valor del Modelo 390
Más allá de ser una obligación tributaria, el Modelo 390 puede convertirse en una herramienta estratégica para tu negocio cuando sabes aprovecharlo adecuadamente.
Análisis fiscal estratégico
El resumen anual ofrece una visión panorámica de tu situación fiscal que permite:
- Identificar patrones estacionales en tus ventas y compras
- Analizar la eficiencia en la gestión del IVA por trimestres
- Detectar oportunidades de optimización fiscal para el siguiente ejercicio
- Prepararte para posibles inspecciones con documentación ordenada
Utiliza los datos históricos de tus Modelos 390 para realizar un análisis comparativo interanual que te ayude a tomar decisiones estratégicas sobre tu negocio.
Preparación para el nuevo ejercicio fiscal
Una vez completado tu Modelo 390, es el momento ideal para planificar el nuevo año fiscal:
- Evalúa si tu régimen actual de IVA es el más beneficioso para tu actividad
- Identifica áreas de mejora en el registro y documentación de operaciones
- Considera implementar herramientas digitales para un mejor seguimiento durante el año
- Planifica inversiones estratégicas considerando el impacto en el IVA deducible
- Establece un calendario de revisiones periódicas para detectar discrepancias antes del cierre
Esta planificación proactiva te permitirá no solo cumplir con tus obligaciones fiscales, sino hacerlo de la manera más eficiente posible para tu negocio.
«Un Modelo 390 bien preparado es mucho más que un trámite fiscal; es un diagnóstico financiero y una hoja de ruta para optimizar la gestión tributaria del siguiente ejercicio» — Carlos Rodríguez, consultor fiscal especializado en pymes.
¿Has considerado que tu Modelo 390 puede ser la clave para identificar ineficiencias fiscales en tu negocio? Analízalo con detenimiento y conviértelo en tu aliado estratégico para el próximo año.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si detecto un error en mi Modelo 390 después de presentarlo?
Si descubres un error en tu Modelo 390 ya presentado, debes presentar una declaración complementaria lo antes posible. El procedimiento consiste en cumplimentar un nuevo modelo completo (no solo la parte errónea), marcando la casilla «Declaración complementaria» e indicando el número de justificante de la declaración original. Es importante recordar que los errores en el Modelo 390, al ser una declaración informativa, no generan recargos por presentación extemporánea, aunque podrían desencadenar comprobaciones si las discrepancias son significativas.
¿Cómo afecta el SII (Suministro Inmediato de Información) a la presentación del Modelo 390?
Los contribuyentes acogidos al SII (obligatoria o voluntariamente)